


La cadena productiva del cannabis integra un conjunto de actividades que van desde la producción o adquisición de material vegetal, siembra, cultivo, cosecha y poscosecha de la flor para la extracción de derivados como: cannabinoides, flavonoides y terpenos, entre otros, que sirven como insumo principal para la elaboración de diversos productos medicinales, alimenticios, bebidas, confitería, caramelos y helados. El tallo posee fibras de alta calidad usados en la industria textil, papeles, cartones y empaques y como base de materiales de construcción, entre otros.
Permisos y licencias

Resolución 0628 de 2018
Licencia de Cultivo de Plantas de Cannabis No Psicoactivo
Modalidades
-
Producción de Grano y Semilla para Siembra
-
Fabricación de Derivados
-
Fines Industriales

Resolución 01689 de 2019
Registro como Productor de Semilla Seleccionada (asexual)
Resolución 01690 de 2019
Registro como Unidad de Evaluación Agronómica

Registro Nacional de Cultivares Comerciales del ICA, para la subregión natural Valles Interandinos (Valle Geográfico del Río Cauca - Valle Geográfico del Río Magdalena).
Resolución 091952 de 2021 – SantaClara Gold V1
Resolución 091953 de 2021 – SantaClara Gold V2
Resolución 091954 de 2021 – SantaClara Gold V3
Resolución 091955 de 2021 – SantaClara Gold V4
Resolución 091956 de 2021 – SantaClara Gold V5
Marco Jurídico Cannabis Medicinal en Colombia
​
​
​
​
Constitución Política de Colombia
El porte y el consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas está prohibido, salvo prescripción médica
1991
Ley 1787
Crea un marco regulatorio que permite el acceso seguro e informado al uso médico y científico del cannabis y sus derivados en el territorio nacional colombiano.
2016
Decreto 631
Crea la figura de “fuente semillera”
2018
2015
Decreto 2467
Reglamenta el cultivo de plantas de cannabis, la autorización de la posesión semillas para siembra de cannabis, el control de las áreas de cultivo, así como procesos producción y fabricación, exportación, importación y uso de y sus destinados a fines estrictamente médicos y científicos.
2017
Decreto 613
Reglamenta la evaluación, seguimiento y control de las actividades de importación, exportación, cultivo, producción, fabricación, adquisición, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución, uso de las semillas para siembra de la planta de cannabis,
Resolución 577
Evaluación y seguimiento a las licencias de uso de semillas para siembra, de cultivo de plantas de cannabis psicoactivo y no psicoactivo.
Resolución 579
Establece el criterio de definición de los pequeños y medianos cultivadores, productores y comercializadores nacionales de cannabis medicinal
.
2021
Decreto 811
Reglamenta la evaluación, seguimiento y control de las actividades de importación, exportación, cultivo, producción, fabricación, adquisición, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución, disposición final y uso de:
-
Semillas para siembra, componente vegetal, plantas de cannabis, grano, cannabis psicoactivo y no psicoactivo y derivados psicoactivos y no psicoactivos de cannabis para fines médicos y científicos.
-
Semillas para siembra, componente vegetal, grano y derivados no psicoactivos de cannabis para fines industriales, hortícolas y alimenticios.
Ley 30 de 1986
La producción, fabricación, exportación, importación, distribución, comercio, uso y posesión de estupefacientes, lo mismo que el cultivo de las plantas de cuales estos se produzcan, se limitarán a los fines médicos y científicos.